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Gastos asociados a una hipoteca

Publicado por Raul en 15 abril, 2015
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Tasación: Antes de otorgar el préstamo, la entidad financiera envía un profesional para tasar la vivienda que pagas tú. El coste de la tasación depende de la empresa que la lleve a cabo y de la valoración final del inmueble. Calcula que aproximadamente puede tener el siguiente coste:
Viviendas individuales terminadas

Valor de tasación Importe
HASTA 60.000: 125€
DE 60.000 A 120.000: 150€
DE 120.000 A 180.000: 200€
DE 180.000 A 240.000: 225€
240.000 A 300.000: 275€
DE 300.000 A 360.000: 350€
MAS DE 360.000: 350€+0,062% sobre exceso 360.000
(I.V.A. no incluido)

Comisión de apertura: comisión que cobra la entidad financiera por los servicios de estudio, administración y gestión generados en la concesión de un préstamo hipotecario.

Impuesto de actos jurídicos documentados: Se aplica a los contratos que se formalizan en documento notarial, inscribible en el Registro y con cuantía económica, como es el caso de una compraventa o hipoteca. La base de cálculo es la responsabilidad hipotecaria en el caso de las hipotecas y el importe escriturado en el caso de las compraventas (sólo cuando se trata de primera transmisión). El tipo a aplicar depende de las Comunidades Autónomas y del importe, puede oscilar entre el 0,1% y el 1%.

Notario: honorarios por la intervención del Notario como fedatario público. El importe viene determinado por el valor de la compraventa, o por el importe del préstamo en el caso de las hipotecas, aunque también puede influir la extensión de la escritura o la existencia de operaciones conexas. Aproximadamente el coste viene a ser entre un 0,1% y un 0,5% dependiendo de la cuantía del préstamo.

Registro: Los honorarios por la intervención del Registrador de la Propiedad. Su importe depende del valor escriturado en la compraventa y del importe del préstamo en la hipoteca.

Gestoría: Honorarios del gestor para la realización de todos los trámites previos a la firma (comprobación de la situación registral de la vivienda, cancelación de cargas, preparación de las escrituras) y posteriores (pago de impuestos e inscripción en el Registro). Este trámite también puede realizarlo el notario, que cobrará unas tarifas independientes por esta labor de gestoría.

Seguro obligatorio básico de daños del hogar (seguro de incendios): La ley hipotecaria nos obliga a contratar un seguro de incendios del que sea beneficiaria la entidad que nos concede la operación. Habitualmente mucha gente acaba contratando un seguro multiriesgo del hogar, ya que ofrece cobertura para todo tipo de daños.

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